Ir al contenido

TAX ALERT MARZO 2026

13 de marzo de 2026 por
Mauricio Vásquez

El siguiente resumen recoge las principales disposiciones legales publicadas en el Registro Oficial durante el mes de febrero de 2026, así como un recordatorio de las obligaciones que vencerán en marzo del mismo año. Este documento ha sido preparado en colaboración con NUESTRA DIVISIÓN MERCHANTCONTABLE.

1. NOVEDADES LEGISLATIVAS (FEBRERO 2026)

A. Recaudación Aduanera (Mercancías desde Colombia)

El SRI emitirá lineamientos técnicos para implementar servicios de pago seguros y garantizar la continuidad del servicio. El SENAE realizará los desarrollos tecnológicos para evitar inconsistencias en las fechas de pago y asegurar la eficiencia aduanera.

  • Base Legal: Resolución del SRI No. 5 (Registro Oficial Suplemento No. 215, 31-enero-2026).

B. Aranceles e Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
Se ha establecido un listado de subpartidas con tarifa diferenciada del ISD para 2026. El Ministerio brindará soporte técnico y coordinará acciones con el SRI y SENAE para el control ex ante y ex post.

  • Base Legal: Acuerdo Ministerial 3 (Registro Oficial Suplemento No. 227, 19-febrero-2026).

2. MATRIZ TÉCNICA DE RETENCIONES EN LA FUENTE (MARZO 2026)

Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000009: (Publicada en el Suplemento del Registro Oficial, febrero 2026). Esta norma matriz expide los nuevos porcentajes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta, derogando más de 100 resoluciones previas para unificar el catálogo de códigos.

Tabla Comparativa de Alícuotas y Base Legal

Concepto de Pago / Actividad Económica

Tarifa Anterior

Tarifa 2026

Referencia Resolución No. 9

Intereses a bancos/entidades vigiladas por Super. de Bancos/EPS.

0%

0%

Art. 2

Compras a RIMPE Negocios Populares (comprobante preimpreso).

0%

0%

Art. 2

Transporte privado de pasajeros y carga (público/privado).

1%

1%

Art. 2

Adquisición de bienes agrícolas, pecuarios y carnes (productor).

1%

1%

Art. 2

Adquisiciones a contribuyentes RIMPE Emprendedores.

1%

1%

Art. 2

Adquisición de bienes agrícolas a comercializadores no productores.

1%

1.75%

Art. 2

Transferencia de todo tipo de bienes muebles corporales.

1.75%

2%

Art. 2

Pagos por empresas de tarjetas de crédito/débito a afiliados.

2%

2%

Art. 2

Pagos a compañías de seguros y reaseguros (valor total primas).

2%

2%

Art. 2

Enajenación de derechos representativos de capital (no en bolsa).

2%

2%

Art. 2

Construcción de obra material inmueble y urbanización.

2%

2%

Art. 2

Pagos por sistemas auxiliares de pago a terceros/afiliados.

2%

2%

Art. 2

Servicios con predominio de mano de obra (personas naturales).

2%

3%

Art. 2

Facturas de medios de comunicación y agencias de publicidad.

2.75%

3%

Art. 2

Rendimientos financieros (préstamos, pólizas, inversiones).

2%

3%

Art. 2

Liquidaciones de compra a personas sin RUC (nivel cultural/rusticidad).

2%

3%

Art. 2

Servicios profesionales prestados por sociedades residentes.

2.75%

5%

Art. 2

Comisiones pagadas a sociedades residentes.

2.75%

5%

Art. 2

Honorarios/comisiones PN (predominio intelecto, c/s título).

10%

10%

Art. 2

Uso de imagen o renombre (artistas, influencers, deportistas).

2.75%

10%

Art. 2

Arrendamiento de bienes inmuebles.

8%

10%

Art. 2

Servicios de docencia y actividades de notarios.

10%

10%

Art. 2


3. CALENDARIO DE OBLIGACIONES CRÍTICAS (MARZO 2026)

Administración Tributaria (SRI)

  • Impuesto a la Renta Personas Naturales: Declaración ejercicio 2025 entre el 10 y 28 de marzo (según 9no dígito RUC).
  • Regalías Mineras: Declaración del segundo semestre 2025 (Formulario 113) entre el 10 y 28 de marzo.
  • Impuesto a Vehículos (IVM): Pago para vehículos con placa terminada en 2 hasta el 31 de marzo.

Obligaciones Laborales - Marzo 2026

  • Decimocuarta Remuneración (Costa e Insular): El pago a los trabajadores que notificaron su acumulación debe realizarse hasta el 15 de marzo.
  • Registro de Pago: Los empleadores con RUC o cédula terminado en 1, 2, 3, 4 o 5 deben registrar dicho pago en el portal del Ministerio entre el 20 de marzo y el 20 de abril.
  • Participación de Utilidades 2025:

    • Los trabajadores tienen hasta el 31 de marzo para acreditar sus cargas familiares ante el empleador para el cálculo del 5%.
    • La empresa debe realizar la liquidación de las utilidades totales a más tardar el 31 de marzo.
  • Salario Digno: Aquellos trabajadores que no alcanzaron el salario digno en 2025 deben recibir la compensación económica correspondiente hasta el 31 de marzo.

Otras Obligaciones Societarias y Municipales

  • SCVS: Reporte de ventas a crédito hasta el 10 de marzo.
  • Patente Minera: Pago de conservación por concesión vigente hasta el 31 de marzo.
  • Impuesto Predial (2026): Urbano con 6% de descuento hasta el 15 de marzo ; con 5% de descuento del 16 al 31 de marzo.
  • Guayaquil: Renovación de Licencia de Funcionamiento (L.A.F.E.) y pago a Junta de Beneficencia hasta el 31 de marzo.


Mauricio Vásquez
MERCHANTCONTABLE


¿LA SAS REALMENTE PROTEGE A LOS ACCIONISTAS FRENTE A RECLAMOS LABORALES?